El derecho de petición es una de las herramientas más valiosas que le ha otorgado la constitución nacional a los individuos de un país para que éstos tengan la posibilidad de exigir información y respuestas a las autoridades administrativas sobre un determinado tema de interés y en caso de que estas instituciones no atiendan a la petición, estarían incurriendo en una falta administrativa que puede llegar a ser sancionable. Este tipo de derecho está pactado en la Constitución nacional y es por medio de este derecho que se habilita y se les da la posibilidad a los ciudadanos para que tengan la opción de presentar solicitudes y peticiones a las autoridades, para que se les dé información sobre situaciones de interés general y/o particular.
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Es derecho que posee todo ciudadano ya sea de forma individual o jurídica, como organización o grupo para poder solicitar o reclamar ante las autoridades, por lo general gubernamentales, las razones y respuestas de interés público.
El derecho de petición consiste en la capacidad y el derecho que tienen las personas para poder presentar ante las entidades gubernamentales o ante ciertos particulares, la petición para que les sea explicada una determinada situación. Consiste también en la obligatoriedad por parte del gobierno de cumplir con dicha petición, que puede ser en forma general o particular.
El derecho de petición es útil en los siguientes casos:
Las principales características del derecho de petición son las siguientes:
Dentro de los diferentes ordenamientos jurídicos de los países, se pueden observar con mayor frecuencia tres tipos diferentes de derecho de petición los cuales varían dependiendo del tema a tratar. Estos son los siguientes:
No se tiene en realidad una fecha exacta de cuando se inició con el derecho de petición. Algunos historiadores piensan que proviene de la constitución política, pero se cree que en realidad proviene de Europa, principalmente en las monarquías y tiranías de tipo asiático.
Un dato curioso es que durante la práctica bajomedieval, era una costumbre normal para los diferentes reinos, que los súbditos se dirigieran al rey para hacer peticiones de gracias o de reparación de agravios.
Para algunos otros investigadores, el derecho de petición tiene origen en Inglaterra, y se practicaba de igual forma, haciendo peticiones al rey.
En el siglo XIII, los súbditos tenían la capacidad de dirigirse al monarca para dar gracias y esto era originado por la instancia judicial suprema o el rey, y el deber moral y religioso que era tratado con piedad para los súbditos.
Este derecho puede ser encontrada en el artículo número 8 de la Constitución Política mexicana. Los funcionarios y empleados públicos respetarán el derecho de petición, siempre que se formule por escrito, de manera pacífica y respetuosa. A toda petición deberá recaer un acuerdo escrito de la autoridad a quien se haya dirigido, la cual tiene obligación de hacerlo conocer en breve término al peticionario.
En España es un derecho fundamental cuya titularidad corresponde a toda persona física o jurídica, sin importar la nacionalidad, y que se encuentra en el artículo 29 de la Constitución y desarrollado en la Ley Orgánica 4/2001. Es un derecho que se puede ejercer de forma individual o colectiva ya sea para dirigirse a los poderes públicos o para poner en conocimiento ante estos ciertos hechos, o reclamarles una intervención, o ambas cosas a la vez.
El derecho de petición es muy importante para la ciudadanía porque es la garantía constitucional que puede asegurar que el estado debe de responder ante cualquier tipo de petición por parte del pueblo, siempre que se haga por escrito y de modo respetuoso. Es considerado como uno de los pilares del ideal de democracia, gobierno o del pueblo para el pueblo.
Para poder hacer un derecho de petición de forma correcta, éste debe de contener al menos los siguientes aspectos:
La respuesta que se le da al derecho de petición debe der ser clara y debe de dar una solución apta y efectiva a la duda que se haya presentado, al menos, debe de esclarecer las dudas que se hayan presentado en la petición. Debe de ser una respuesta puntual, pertinente y precisa. No se pueden dar respuestas vagas, que evadan información y que no le ofrezca a la persona que lo pide información sobre la situación.
Un ejemplo de una petición sería la siguiente:
Lucas Sánchez, por mi propio derecho y con fundamento en el artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Mexicanos, señalando como domicilio para notificar el acuerdo escrito que recaiga a mi solicitud el ubicado en avenida siempre 123 colonia … vengo a solicitar: Se haga de mi conocimiento la cantidad de convenios de colaboración celebrados por la institución a su cargo así como de las personas con las que se celebraron dichos convenios y el objeto de los mismos.
Atte. Lucas Sánchez.
Briceño V., Gabriela. (2018). Derecho de petición. Recuperado el 25 febrero, 2024, de Euston96: https://www.euston96.com/derecho-de-peticion/