Todas las personas que habitan en el mundo tienen derecho a tener una alimentación adecuada y como derecho fundamental, a no padecer hambre, de acuerdo a lo que dictan las normas internacionales de los derechos humanos. El término incluye todos los aspectos cuantitativos, cualitativos y de aceptabilidad cultural. En este caso, es el Estado el encargado de respetar, proteger, promover, facilitar y materializar este derecho disponiendo recursos económicos disponibles para este fin.
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El derecho a la alimentación es el derecho que tienen todas las personas a tener un nivel de vida que les asegure una alimentación adecuada para poder tener una vida de calidad.
El derecho a la alimentación es un derecho que ha sido reconocido en la Declaración Universal de los Derechos Humanos que dice que todas las personas tienen derecho a tener una alimentación digna y saludable. Indica que las personas no deben de padecer hambre y que el Estado es el responsable de proporcionar los medios necesarios para que esto no suceda, siempre y cuando la persona no tenga los medios necesarios para poder proveer de alimento a su familia. No es un derecho que implique el ser alimentado sino que implica hacerlo en condiciones dignas.
Las principales características del derecho a la alimentación son:
El origen del derecho a la alimentación data del año 1979 cuando fue establecido en la Conferencia de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación, y cuyo objetivo fue el de concientizar a las poblaciones sobre el problema alimentario mundial y para fortalecer la lucha contra el hambre, la desnutrición y la pobreza.
La historia del derecho a la alimentación inicia con la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948 que fue quien reconoció por primera vez el derecho a la alimentación y que además lo estableció como un derecho humano. Con el tiempo fue incorporado al Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y fue ratificado por 156 Estados, que se encuentran vinculados jurídicamente en la actualidad. En el año 2004 el Consejo de la FAO aprobó las Directrices Voluntarias para apoyar la Realización Progresiva del Derecho a una Alimentación Adecuada en el Contexto de la Seguridad Alimentaria Nacional.
Este derecho establece que todos los seres humanos, sin importar su raza, color, sexo, idioma, religión, nacionalidad, nacimiento u otra condición, tienen derecho a tener una alimentación adecuada y el derecho a no tener hambre. Sirve para ofrecer elementos nutritivos que una persona necesita para vivir y a los medios para tener acceso a ellos. Sirve para que cada persona tenga acceso regular, permanente y libre a una alimentación cuantitativa y cualitativamente adecuada y suficiente de acuerdo a su cultura que garantice una vida psíquica y física, individual y colectiva satisfactoria y digna.
En este país, el derecho humano a la alimentación adecuada no se encuentra mencionado en la Constitución, ni siquiera aparece en los principios rectores de la política social. Algunos políticos lo explican alegando que el derecho se encuentra implícito en la protección del derecho a la vida o a la salud, sin embargo lo que no está escrito no es vinculante.
En la Constitución Política del año 1853, que fue reformada por última vez en 1994, el Estado argentino reconoce en su artículo 75 el derecho a la alimentación implícitamente cuando declara la Declaración Universal de Derechos Humanos, la Convención Americana sobre Derechos Humanos y el Pacto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales jerarquía constitucional, superior a las leyes ordinarias.
En el país se busca un perfil epidemiológico, demográfico y económico con el objetivo de observar de forma integral los nuevos problemas alimentarios que han surgido debido a la obesidad debido a que la comida procesada ha venido a desplazar los alimentos tradicionales. Se considera que la alimentación está relacionada con las demás áreas de la sociedad como la salud, educación, agricultura, trabajo y economía.
En la Constitución Política del año 1991 se reconoce el derecho a la alimentación el cual se aplica principalmente a todos niños, durante el embarazo y luego del parto a la mujer que posee asistencia y potencial del Estado, y a las personas de la tercera edad en caso de indigencia.
Los Estados Unidos de México en su Constitución Política de 1917, reconoce el derecho a la alimentación en su artículo cuarto que dice que toda persona tiene derecho a la alimentación nutritiva, suficiente y de calidad garantizada por el Estado. También se hace mención a que los niños y niñas tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación.
La Constitución señala en su artículo 1° que «La defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado», y aunque no existe un reconocimiento expreso del derecho a una alimentación adecuada, este derecho se encuentra contenido en el derecho a la vida.
El derecho a la alimentación es de suma importancia para la vida y las personas pues es el que garantiza la salud y la supervivencia, además de incentivar el desarrollo de las capacidades físicas y mentales. Garantiza además, que los Estados de los países puedan garantizar por medio del desarrollo de medidas correctas la alimentación de sus pobladores utilizando adecuadamente los recursos naturales.
Algunos ejemplos del derecho a la alimentación son:
Briceño V., Gabriela. (2019). Derecho a la alimentación. Recuperado el 24 febrero, 2024, de Euston96: https://www.euston96.com/derecho-la-alimentacion/