En la actualidad existen varios tipos de empresas que se conforman bajo diferentes tipos de formas jurídicas las cuales son clasificadas dependiendo de los individuos o sociedades mercantiles. En este artículo vamos a analizar la sociedad cooperativa la cual es una de las más utilizadas.
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Una sociedad cooperativa es un tipo de sociedad que posee un régimen de libre adhesión, que es voluntaria y que además es organizada por personas que actúan de forma solidaria con el objetivo de poder realizar una serie de actividades empresariales para cubrir sus necesidades y aspiraciones.
Existen los siguientes tipos de sociedades cooperativas:
Entre las principales características que tiene una sociedad cooperativa se mencionan las siguientes:
La sociedad cooperativa se encuentra enmarcada dentro del grupo de sociedades de interés social y nacen por una serie de intereses comunes entre un grupo de personas que deciden unirse para poder realizar un tipo específico de actividad que no podría ser realizada de forma individual. Su razón social siempre llevará el nombre de la compañía para ser seguido de la palabra sociedad corporativa o su abreviatura “S. Coop.”.
El principal objetivo de la sociedad cooperativa es el de poder brindar al asociado ayuda para que pueda suplir sus necesidades económicas, personales, recreativas, sociales y educacionales para poder de esta manera dignificar a la persona, mejorar sus ingresos y brindarle protección.
Este tipo de sociedad cooperativa se constituye por medio de una escritura pública en la cual se adquiere también personalidad jurídica cuando son inscritas en el Registro de las Cooperativas. Luego de su fecha de inscripción, podrán empezar a ejercer su actividad.
El registro mercantil de la sociedad cooperativa debe de ser realizado con el objetivo de poder dotar de mayor seguridad a la institución y para que los negocios puedan ser realizados de manera formal. Es muy importante para poder lograr un mejor desarrollo económico y para que se puedan también reducir los costos que surgen por las transacciones realizadas.
Las sociedades cooperativas se rigen bajo el derecho fiscal común y por esta razón tienen derecho al régimen de especialidades tributarias o régimen fiscal de las cooperativas. Esto debido a las características que posee la cooperativa pues por lo general se encuentran relacionadas con entes asociativos o con aquellos que poseen una función de índole social.
Los órganos que conforman una sociedad cooperativa son los siguientes:
Esta función es realizada por los administradores quienes se encargan de gestionar y de representar a la institución. Esta actividad la realizan por medio del consejo rector. La designación de los encargados de administrar la sociedad es realizada por la Asamblea General y este nombramiento deberá de ser presentado e inscrito ante el registro de cooperativas.
Todos los acuerdos que se toman deberán de ser establecidos por mayoría de votos, deberán de ser anotados en un libro de actas y podrán ser impugnados dependiendo de la ley, estatutos o intereses de la cooperativa.
Los socios de la sociedad cooperativa pueden ser personas jurídicas o físicas ya sean privadas o públicas. Todos ellos deberán de dar una aportación de carácter obligatorio para el capital social. En este tipo de cooperativa debe de existir un mínimo de 3 socios si es en primer grado o dos en el caso de cooperativas de segundo grado.
Los socios pueden abandonar la cooperativa de forma voluntaria y los dos tipos que existen son los socios colaboradores y los de trabajo, siendo los primeros los más comunes. Estos socios no pueden desarrollar ningún tipo de actividad propia en la sociedad y deben también de aportar la cantidad de dinero establecida.
Por otra parte, los socios de trabajo darán su aporte en cuanto a trabajo personal dentro de la cooperativa y serán siempre personas físicas. A ellos se les aplica la misma cantidad de normas y tendrán responsabilidades dependiendo del capital aportado.
Entre las obligaciones de los socios de la sociedad cooperativa se pueden mencionar el cumplimiento de todas sus obligaciones como tales, el asistir a las asambleas establecidas participando de todas las reuniones y de las diferentes actividades. Deben de dar sus cuotas económicas en el momento indicado y desempeñar con responsabilidad los cargos para los que fueron nombrados.
Deberán también de cumplir con todos los estatutos, cuidar los bienes de la cooperativa así como sus fondos y evitar realizar actividades que puedan dañar la imagen de la sociedad cooperativa.
Entre los derechos de los socios se puede mencionar que tendrán la posibilidad de utilizar todos los servicios de la cooperativa, participar en las diferentes asambleas, dar sus propias opiniones y tendrán además derecho al voto. Pueden ser elegidos para representar un cargo dentro de la institución y pueden también solicitar información cuando lo consideren necesario.
Entre las principales ventajas que posee una sociedad cooperativa se pueden mencionar las siguientes:
Las principales desventajas se basan en una serie de dificultades operativas en el momento de tomar decisiones importantes, existen además una serie de límites en cuanto a la contratación de los empleados y los mecanismos de control deben de ser totalmente democráticos. Además, la sociedad cooperativa debe obligatoriamente, destinar un 30% de sus beneficios excedentes para poder cubrir otras pérdidas.
España regula sus cooperativas por medio de una serie de leyes autónomas de cooperativas, específicamente la ley estatal 27/1999 la cual se aplica a todas las sociedades cooperativas que desarrollan su actividad en el país.
En este país, se legislan por medio de la Ley General de Sociedades Cooperativas, la cual es de tipo federal y que fue publicada el 3 de agosto del año 1994.
Las cooperativas se regulan en sus ordenamientos jurídicos internos por medio de la Ley 79 y la Ley 454 las cuales son normas legales que se encargan de regular las sociedades cooperativas. Son supervisadas además por la Superintendencia de Economía Solidaria.
Se encuentran regidas por medio de la Ley Nacional 20.337 y son controladas por el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social.
Se rigen por la Ley General de Sociedades Cooperativas en su decreto 5035, ley que se aplica a todas las sociedades cooperativas.
Algunos ejemplos de sociedades cooperativas se mencionan a continuación:
Briceño V., Gabriela. (2020). Sociedad cooperativa. Recuperado el 23 febrero, 2024, de Euston96: https://www.euston96.com/sociedad-cooperativa/